EL PROBLEMA CLAVE DE LA ÉTICA SOCIAL ES EL DE LA JUSTA REMUNERACIÓN
Los problemas sociales en Corrientes cada vez son más. Los paros y reclamos por parte de los distintos sectores a los Poderes del Estado se van sucediendo día a día. Nuestras calles se tornan difíciles de transitar precisamente porque los actores sociales recurren a ellas para ser escuchados.
El Centro de Investigación y Capacitación Social (CICSO), dependiente del Arzobispado de Corrientes, desea iluminar esta realidad correntina teniendo como material de lectura la Carta Encíclica sobre el Trabajo Humano denominada “Laborem Exercens”, cuyo autor fue el fallecido Santo Padre Juan Pablo II.
En su capítulo 19 denominado “Salario y otras prestaciones sociales”, la carta encíclica nos ilumina acerca de los derechos y obligaciones que contraen tanto el trabajador como el “empresario directo” (la patronal).
Este trabajo de Juan Pablo II aclara que “no tiene un significado puramente descriptivo” y tampoco “no es un tratado breve de economía o de política. Se trata de poner en evidencia el aspecto deontológico y moral”.
El problema clave
Luego señala claramente que “el problema clave de la ética social es el de la justa remuneración por el trabajo realizado”.
Más adelante la carta encíclica indica que “no existe en el contexto actual otro modo mejor para cumplir la justicia en las relaciones trabajador-empresario que el constituido precisamente por la remuneración del trabajo”.
“Independientemente del hecho –prosigue este documento de Iglesia- de que este trabajo se lleve a efecto dentro del sistema de la propiedad privada de los medios de producción o en un sistema en que esta propiedad haya sufrido una especie de ‘socialización’, la relación entre el empresario (principalmente directo) y el trabajador se resuelve en base al salario: es decir, mediante la justa remuneración del trabajo realizado”.
Ahora bien, en Corrientes, cabe preguntar: ¿se está dando una justa remuneración a los distintos sectores por el trabajo realizado? Es que hoy están reclamando en nuestra ciudad por mejores salarios los siguientes sectores: agentes de policía, del Servicio Penitenciario, profesionales de la salud, personal del Instituto de Viviendas de Corrientes (INVICO) y de la Dirección General de Rentas (DGR) de la Provincia, entre otros.
El uso común de los bienes
Asimismo, la Doctrina Social de la Iglesia (DSI), a través de esta carta – encíclica, subraya que “la justicia de un sistema socio – económico y, en todo caso, su justo funcionamiento merecen en definitiva ser valorados según el modo como se remunera justamente el trabajo humano dentro de tal sistema. A este respecto volvemos de nuevo al primer principio de todo el ordenamiento ético-social: el principio del uso común de los bienes”.
Por eso “en todo sistema que no tenga en cuenta las relaciones fundamentales existentes entre el capital y el trabajo, el salario, es decir, la remuneración del trabajo, sigue siendo una vía concreta, a través de la cual la gran mayoría de los hombres puede acceder a los bienes que están destinados al uso común: tanto los bienes de la naturaleza como los que son fruto de la producción. Los unos y los otros se hacen accesibles al hombre del trabajo gracias al salario que recibe como remuneración por su trabajo”.
Finalmente señala que “precisamente el salario justo se convierta en todo caso en la verificación concreta de la justicia de todo el sistema socio-económico y, de todos modos, de su justo funcionamiento”.
Este último pensamiento precisamente es por lo que aboga el CICSO: el justo funcionamiento de todas las instituciones para bien de nuestra ciudad. Para ello es importante el salario justo, fruto de la justicia, y la justicia trae la paz en los distintos ambientes.
Los problemas sociales en Corrientes cada vez son más. Los paros y reclamos por parte de los distintos sectores a los Poderes del Estado se van sucediendo día a día. Nuestras calles se tornan difíciles de transitar precisamente porque los actores sociales recurren a ellas para ser escuchados.
El Centro de Investigación y Capacitación Social (CICSO), dependiente del Arzobispado de Corrientes, desea iluminar esta realidad correntina teniendo como material de lectura la Carta Encíclica sobre el Trabajo Humano denominada “Laborem Exercens”, cuyo autor fue el fallecido Santo Padre Juan Pablo II.
En su capítulo 19 denominado “Salario y otras prestaciones sociales”, la carta encíclica nos ilumina acerca de los derechos y obligaciones que contraen tanto el trabajador como el “empresario directo” (la patronal).
Este trabajo de Juan Pablo II aclara que “no tiene un significado puramente descriptivo” y tampoco “no es un tratado breve de economía o de política. Se trata de poner en evidencia el aspecto deontológico y moral”.
El problema clave
Luego señala claramente que “el problema clave de la ética social es el de la justa remuneración por el trabajo realizado”.
Más adelante la carta encíclica indica que “no existe en el contexto actual otro modo mejor para cumplir la justicia en las relaciones trabajador-empresario que el constituido precisamente por la remuneración del trabajo”.
“Independientemente del hecho –prosigue este documento de Iglesia- de que este trabajo se lleve a efecto dentro del sistema de la propiedad privada de los medios de producción o en un sistema en que esta propiedad haya sufrido una especie de ‘socialización’, la relación entre el empresario (principalmente directo) y el trabajador se resuelve en base al salario: es decir, mediante la justa remuneración del trabajo realizado”.
Ahora bien, en Corrientes, cabe preguntar: ¿se está dando una justa remuneración a los distintos sectores por el trabajo realizado? Es que hoy están reclamando en nuestra ciudad por mejores salarios los siguientes sectores: agentes de policía, del Servicio Penitenciario, profesionales de la salud, personal del Instituto de Viviendas de Corrientes (INVICO) y de la Dirección General de Rentas (DGR) de la Provincia, entre otros.
El uso común de los bienes
Asimismo, la Doctrina Social de la Iglesia (DSI), a través de esta carta – encíclica, subraya que “la justicia de un sistema socio – económico y, en todo caso, su justo funcionamiento merecen en definitiva ser valorados según el modo como se remunera justamente el trabajo humano dentro de tal sistema. A este respecto volvemos de nuevo al primer principio de todo el ordenamiento ético-social: el principio del uso común de los bienes”.
Por eso “en todo sistema que no tenga en cuenta las relaciones fundamentales existentes entre el capital y el trabajo, el salario, es decir, la remuneración del trabajo, sigue siendo una vía concreta, a través de la cual la gran mayoría de los hombres puede acceder a los bienes que están destinados al uso común: tanto los bienes de la naturaleza como los que son fruto de la producción. Los unos y los otros se hacen accesibles al hombre del trabajo gracias al salario que recibe como remuneración por su trabajo”.
Finalmente señala que “precisamente el salario justo se convierta en todo caso en la verificación concreta de la justicia de todo el sistema socio-económico y, de todos modos, de su justo funcionamiento”.
Este último pensamiento precisamente es por lo que aboga el CICSO: el justo funcionamiento de todas las instituciones para bien de nuestra ciudad. Para ello es importante el salario justo, fruto de la justicia, y la justicia trae la paz en los distintos ambientes.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario